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La Asamblea avanza en ley de gobernanza marino-costera

22 de mayo de 2026•5 min de lectura
La Asamblea avanza en ley de gobernanza marino-costera

Avances en la protección y gobernanza del mar en Ecuador

La Asamblea Nacional dio luz verde parcial al proyecto de Ley Orgánica de Gobernanza del Espacio Marino-Costero tras su segundo debate en el pleno, encaminándose hacia un instrumento legal que pretende ordenar el uso de las zonas marinas y costeras del país, proteger los ecosistemas estratégicos y articular la coordinación institucional entre las entidades vinculadas con el mar.

Este texto normativo, compuesto por 14 artículos, junto con disposiciones generales, transitorias y una final, fue remitido nuevamente a la Comisión de Biodiversidad para incorporar observaciones y entregar el informe final para votación en un plazo máximo de ocho días.

Protección de las zonas de rompiente: un eje central

Uno de los elementos más relevantes y novedosos del proyecto es la protección de las zonas de rompiente. Estas áreas han sido identificadas como ecosistemas estratégicos por su valor ambiental, paisajístico y su potencial económico ligado a actividades turísticas y deportivas, como el surf.

La normativa propone que estas áreas formen parte del patrimonio natural del Ecuador y que su manejo se realice bajo un enfoque ecosistémico, es decir, que las actividades en estas zonas respeten la dinámica natural del oleaje y los ecosistemas costeros, mediante una regulación técnica y ambiental rigurosa.

Un mar que sustenta cultura, economía y biodiversidad

El proyecto recalca la importancia del mar para Ecuador, pues cerca del 80 % del territorio nacional corresponde a espacio marítimo. Esta inmensa área sostiene actividades vitales como la pesca, el turismo y genera empleo, además de alojar una riqueza ambiental y cultural fundamental para el país.

Estas razones fundamentan la necesidad de otorgar a las zonas marítimas un manejo integral y sostenible para garantizar su conservación y uso responsable.

Coordinación mediante el Consejo Interinstitucional del Mar

Dentro del paquete legal destaca la creación del Consejo Interinstitucional del Mar. Este organismo tendría la función de rectoría, coordinación, regulación y control en materia de gobernanza marina. Estaría integrado por veinte miembros con voz y voto, con la Armada del Ecuador, a través de la Dirección General de Intereses Marítimos, como secretaria permanente.

El consejo tendría la responsabilidad de emitir lineamientos para la planificación espacial marina, coordinar proyectos en zonas costeras, prevenir impactos ambientales y crear el Registro Nacional de Zonas de Rompiente.

Debates y cuestionamientos técnicos

El debate legislativo expuso diferencias de criterio, especialmente con la bancada Revolución Ciudadana que considera que el proyecto se ha desviado de su enfoque inicial de protección hacia una nueva estructura administrativa del Estado.

En tanto, la bancada Acción Democrática Nacional (ADN) y otros sectores han solicitado revisar aspectos técnicos, como la cantidad de integrantes del consejo, mecanismos de votación, y definición clara de las autoridades responsables para asegurar seguridad jurídica y operatividad.

Garantías y regulaciones para el desarrollo económico

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Aunque la ley prioriza la conservación, también abre espacio para el desarrollo de actividades compatibles con el uso sostenible del mar, como deportes acuáticos, turismo y otros proyectos económicos respetuosos de la dinámica costera.

Asimismo, se establece que las concesiones portuarias y autorizaciones previas no serán afectadas y se exime a las áreas bajo dominio portuario público o concesionado de la definición de zonas de rompiente, evitando superposiciones legales.

Las personas o entidades que pretendan desarrollar infraestructura en zonas cercanas a rompientes protegidas deberán presentar estudios técnicos que garanticen que sus proyectos no alterarán ecosistemas ni dinámica de oleaje.

Principio precautorio y fortalecimiento científico

El proyecto incorpora el principio precautorio, permitiendo que en caso de riesgo de daño grave o irreversible a ecosistemas marinos o costeros, se puedan adoptar medidas preventivas aún sin certeza científica absoluta, protegiendo así el patrimonio natural.

Además, resalta la importancia de fortalecer la investigación científica sobre la dinámica de rompientes y biodiversidad marina, favoreciendo la cooperación académica y ambiental.

Intereses sociales y ambientales en juego

Organizaciones relacionadas con el surf, turismo costero y conservación ambiental siguen de cerca este proceso legislativo, con la expectativa de que la ley evite daños irreversibles en playas y bahías mientras fomenta el aprovechamiento responsable.

El proceso legislativo continúa y, de ser aprobada, la ley establecerá plazos para la elaboración de sus reglamentos generales y para la operatividad del Consejo Interinstitucional del Mar.


Preguntas frecuentes

¿Cuál es el objetivo principal de la Ley de Gobernanza del Espacio Marino-Costero? Busca ordenar el uso de zonas marinas y costeras, proteger ecosistemas estratégicos como las zonas de rompiente y fortalecer la coordinación institucional.

¿Qué es el Consejo Interinstitucional del Mar? Un organismo que ejercerá rectoría, coordinación y control sobre la gobernanza marina, integrado por 20 miembros y con la Armada como secretaría permanente.

¿Cómo afecta la ley a las concesiones portuarias existentes? No afectará concesiones ni autorizaciones previas, y las áreas portuarias bajo dominio público o concesión quedarán fuera de la regulación directa de zonas de rompiente.

¿Qué implica el principio precautorio? Que se pueden adoptar medidas protectoras ante posibles daños graves o irreversibles, aunque no haya certeza científica completa.

¿Qué sectores están interesados en la ley? Sectores ambientales, turístico-deportivos, como el surf, y comunidades vinculadas a la pesca y economía costera.

¿Cuál es el siguiente paso en el trámite legislativo? La Comisión de Biodiversidad deberá presentar un informe final en ocho días para la votación definitiva en el pleno de la Asamblea.

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